Visados, pasaportes y aduanas

Visados

España tiene un acuerdo con Japón que permite que sus ciudadanos puedan visitar el país como turistas durante un máximo de 90 días sin necesidad de obtener un visado. Los visitantes deben poseer un pasaporte válido durante todo el periodo de la estancia. A diferencia de lo que ocurre en otros países asiáticos, no es necesario que la validez del pasaporte se extienda de los tres a seis meses posteriores a la fecha de retorno.

Para más información, consulta a la Embajada de Japón (clica aquí).

Aduanas

Los visitantes deben declarar sus pertenencias a la llegada. Los formularios de declaración de aduanas están disponibles en barcos y aviones y en la oficina de la aduana. Los efectos personales y el equipaje de uso personal solo estarán exentos de impuestos o tasas dentro de unos márgenes especificados, al igual que ocurre con el equipo profesional que se vaya a utilizar durante la estancia. Se puede introducir cualquier tipo de moneda, pero es preciso declarar todo valor por encima de un millón de yenes.

– Concesiones libres de impuestos*

• Bebidas alcohólicas – 3 botellas de 760 ml

• Cigarrillos– 400

• Puros– 100

• Otros tabacos (en polvo, etc.) – 500 g

• Perfumes – 2 x 28 cc, excluyendo eau de cologne y eau de toilette

• Otros objetos –El valor total en el mercado extranjero, exceptuando los artículos ya comentados, no debe superar los 200.000 yenes

*Información válida a fecha de 9 de marzo de 2016 y sujeta a cambio sin previo aviso. Consulta con la Aduana japonesa para más información.

– Artículos prohibidos

Queda prohibido introducir drogas, armas de fuego, falsificaciones y artículos prohibidos por la Convención de Washington, especies invasoras o productos de marcas u origen falso.

Para más información, consulta con la Aduana japonesa (clica aquí).